Fortalecimiento del sector jue...

Fortalecimiento del sector juegos de azar frente a riesgos de LA/FT/FPADM

Frente a un sector que «en 2019, generó 111.000 empleos formales, contribuyó con 1,7 billones al ingreso nacional, (cifra que aporta 0,2 del PIB) y transfirió a la salud y la ciencia 633.000 millones de pesos», resulta necesario adoptar medidas que permitan el Fortalecimiento del sector juegos de azar.

En este párrafo se habla de la Resolución 20195100044514 del 31 de diciembre de 2019 que expidió Coljuegos. En donde se establecen los criterios y parámetros mínimos que deben adoptar para la implementación y funcionamiento del SIPLAFT (Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo), además, los operadores del sector de juegos de suerte y azar que tienen suscrito un contrato de concesión para la operación de juegos de suerte y azar administrados por Coljuegos.

Adicionalmente, el 19 de mayo de 2021, se incorporaron medidas para fortalecer el conocimiento del cliente, de acuerdo a la necesidad de ajustar la normatividad SIPLAFT, estando alineado a otros sistemas de administración de riesgos LA/FT aplicables a sujetos obligados de otros sectores.

Este sistema de prevención está compuesto por la siguiente estructura:

  • Fases
  • Elementos

Las fases del SIPLAFT:

Son prevención y control, la primera busca prevenir que se introduzcan a la operación de los juegos de suerte y azar concesionados por Coljuegos, recursos provenientes de actividades relacionadas con el LA/FT/FPADM. La fase de control consiste en detectar y reportar las operaciones que se pretendan realizar o se hayan realizado, para intentar dar apariencia de legalidad a operaciones vinculadas a LA/FT/FPADM.

Elementos del SIPLAFT :

  • Las políticas que asumirá en relación con el cumplimiento de las normas legales sobre prevención y control del LA/FT/FPADM. La política de vinculación de contrapartes, realización de reportes a la UIAF (Unidad de Información de Análisis Financiero), capacitación entre otros lineamientos a regular.
  • Los procedimientos que se desarrollaran para cumplir el SIPLAFT, en base a las políticas anteriormente definidas.
  • Los mecanismos utilizados para desarrollar en debida forma los procedimientos. Tomando como referencia la recomendación N° 10 del GAFI, la cual establece realizar la debida diligencia del Cliente. La Resolución define la identificación de esta Contraparte como un mecanismo de prevención y control del riesgo de LA/FT/FPADM. Por lo que dentro de las medidas se encuentra identificar a los apostadores que efectúan operaciones (apuestas) a un monto igual o superior a $5.000.000, entre otros mecanismos. Adicionalmente, en los ajustes a la Resolución expedidos el 19 de mayo de 2021, se intensifican medidas para identificar al cliente y/o beneficiario final y se amplían las categorías aplicables a las Personas Expuestas Políticamente, siguiendo las recomendaciones del GAFI.
  • Instrumentos que se aplicarán para la implementación del SIPLAFT. Las señales de alerta resultan ser un instrumento fundamental para identificar operaciones inusuales, por lo que se deben identificar y socializar al interior del operador obligado.
  • Medidas de control con los cuales contara el operador para implementar el sistema y vigilar su correcto funcionamiento. Estas medidas hacen referencia a los reportes que el operador debe realizar tanto a la UIAF como a Coljuegos.
  • Conservación de documentación y registros del SIPLAFT. La implementación del sistema genera documentos y registros que deben ser conservados para soportar cualquier requerimiento de la autoridad. Entre estos se encuentra, acta de designación del Oficial de Cumplimiento, certificado de reportes realizados a la UIAF, entre otros.

El SIPLAFT establece a los operadores de juego realizar un variado listado de reportes a la UIAF y a Coljuegos. Tal como se relacionan en la tabla N° 1 a quienes se deben enviar los reportes establecidos.

 

TIPO REPORTE

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

UIAF COLJUEGOS
Internos sobre señales de alerta X    
Operaciones sospechosas (ROS X
Ausencia de operaciones sospechosas (ROS) X
Transacciones individuales en efectivo, tarjetas débito y crédito X X
Ausencia de transacciones individuales en efectivo, tarjetas débito y crédito. X X
Transacciones múltiples en efectivo, tarjetas débito y crédito X
Ausencia de transacciones múltiples en efectivo, tarjetas débito y crédito X X
Ganadores de premios. X X
Ausencia de ganadores de premios X

Tabla 1 Reportes internos y externos SIPLAFT

 

Para poder obtener la entrada de información y obtener los datos para cada reporte, se requiere el apoyo de todos los empleados. Implementar el SIPLAFT requiere de cargos con responsabilidades específicas para el adecuado funcionamiento del sistema, es el caso de:

 

  • Junta Directiva: Están orientadas en aprobación de políticas y recursos, así como pronunciarse sobre los informes que realice el Oficial de Cumplimiento y el Revisor Fiscal.
  • Revisor Fiscal: Requiere apoyar la mejora del sistema a través de la evaluación del cumplimiento del SIPLAFT y presentar los resultados a la Junta Directiva o máximo órgano social según corresponda.
  • Oficial de Cumplimiento: Es el rol encargado de la implementación del SIPLAFT, el cual para ejercer debe cumplir con requerimientos específicos tales como no pertenecer a órganos o ejercer cargos que representen incompatibilidad con las funciones a ejecutar.

Para Concluir, a Coljuegos le corresponde la verificación de la implementación del SIPLAFT a través de visitas de seguimiento. Es tarea continua realizar verificación a los controles establecidos para mitigar el riesgo LA/FT/FPADM dentro de las actividades de los operadores de juegos.

El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la resolución 20195100044514 de 31 de diciembre de 2019, dará lugar a la imposición de multas, aplicación de cláusula penal pecuniaria e incluso la caducidad del contrato.

Por: Mariano Sánchez.

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