Las Islas Vírgenes Británicas, Costa Rica, las Islas Marshall y Rusia se agregaron a la lista de la UE de jurisdicciones denominadas como «paraísos fiscales»
La UE continúa promoviendo la competencia fiscal leal y abordando las prácticas fiscales perniciosas. El Consejo decidió hoy agregar a las Islas Vírgenes Británicas, Costa Rica, las Islas Marshall y Rusia a la lista de la UE de jurisdicciones no cooperativas a efectos fiscales. Con estas adiciones, la lista de la UE ahora consta de 16 jurisdicciones:
- Samoa Americana
- anguila
- bahamas
- Islas Vírgenes Británicas
- Costa Rica
- Fiyi
- Guam
- Islas Marshall
- palaos
- Panamá
- Rusia
- samoa
- Trinidad y Tobago
- Islas Turcas y Caicos
- Islas Vírgenes de EE.UU
- Vanuatu
El Consejo lamenta que estas jurisdicciones no cooperen en materia fiscal y las invita a mejorar su marco legal para resolver los problemas identificados.
Hoy, decidimos agregar cuatro jurisdicciones a la lista de la UE de jurisdicciones no cooperativas a efectos fiscales: Islas Vírgenes Británicas, Costa Rica, Islas Marshall y Rusia. Pedimos a todos los países enumerados que mejoren su marco legal y trabajen para cumplir con los estándares internacionales en materia tributaria. Al mismo tiempo, felicito calurosamente a Macedonia del Norte, Barbados, Jamaica y Uruguay, ya que cumplieron con éxito sus compromisos y pudieron ser eliminados del documento de situación.
Elisabeth Svantesson, Ministra de Finanzas de Suecia
Razones para agregar Islas Vírgenes Británicas, Costa Rica, Islas Marshall y Rusia
Esta lista revisada de la UE de jurisdicciones fiscales no cooperativas (Anexo I) incluye países que no han entablado un diálogo constructivo con la UE sobre gobernanza fiscal o no han cumplido sus compromisos de implementar las reformas necesarias. Esas reformas deben apuntar a cumplir con un conjunto de criterios objetivos de buena gobernanza fiscal , que incluyen la transparencia fiscal, la tributación justa y la implementación de estándares internacionales diseñados para prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios .
El grupo del código de conducta, el organismo del Consejo de la UE que prepara las actualizaciones de la lista, está cooperando estrechamente con organismos internacionales como el FHTP para promover la buena gobernanza fiscal en todo el mundo.
Para las Islas Marshall , existe la preocupación de que esta jurisdicción, que tiene una tasa de impuesto sobre la renta corporativa nula o solo nominal, esté atrayendo ganancias sin actividad económica real (criterio 2.2 de la lista de la UE). En particular, se encontró que las Islas Marshall no cumplían con los requisitos de sustancia económica. Las Islas Marshall ya se incluyeron una vez, en 2018.
Las Islas Vírgenes Británicas se incluyen porque se determinó que no cumplían lo suficiente con el estándar de la OCDE sobre el intercambio de información previa solicitud (criterio 1.2). Esta es la primera vez que se incluye esta jurisdicción.
Por primera vez desde que se estableció la lista, se incluye a Costa Rica porque no ha cumplido con su compromiso de abolir o modificar los aspectos nocivos de su régimen de exención de rentas de fuente extranjera (criterio 2.1).
Rusia figura en la lista después de que el grupo del código de conducta examinara la nueva legislación de Rusia adoptada en 2022 frente a los criterios de buena gobernanza fiscal del código y descubriera que Rusia no había cumplido su compromiso de abordar los aspectos perjudiciales de un régimen especial para las sociedades holding internacionales (criterio 2.1 ). Además, el diálogo con Rusia sobre asuntos relacionados con la fiscalidad quedó paralizado tras la agresión rusa contra Ucrania.
Documento de situación (Anexo II)
Además de la lista de jurisdicciones fiscales no cooperativas, el Consejo aprobó el documento de situación habitual (Anexo II) que refleja la cooperación en curso de la UE con sus socios internacionales y los compromisos de estos países de reformar su legislación para adherirse a las normas fiscales acordadas. normas de buen gobierno. Su propósito es reconocer el trabajo constructivo en curso en el campo de la tributación y alentar el enfoque positivo adoptado por las jurisdicciones cooperativas para implementar los principios de buena gobernanza tributaria.
Barbados, Jamaica, Macedonia del Norte y Uruguay cumplieron sus compromisos y, por lo tanto, podrían ser eliminados del documento de situación (Anexo II).
A Hong Kong y Malasia se les concedió una prórroga del plazo para completar la reforma de sus regímenes de exención de ingresos de fuente extranjera en lo que respecta a las ganancias de capital.
A Qatar también se le otorgó una prórroga porque enfrentó restricciones de reforma constitucional para completar su reforma a tiempo.
El Anexo II también presenta dos nuevos compromisos en el contexto del trabajo del Foro Global: tanto Aruba como Curazao se comprometieron a mejorar sus determinaciones del Foro Global con respecto al intercambio automático de información sobre cuentas financieras. Belice e Israel también asumieron este compromiso, pero ya figuraban en el Anexo II para otros criterios.
Albania se comprometió a modificar o abolir su régimen potencialmente dañino.
El resto del Anexo II permanece sin cambios.
Fondo
La lista de la UE de jurisdicciones no cooperativas a efectos fiscales se estableció en diciembre de 2017. Forma parte de la estrategia exterior de la UE en materia fiscal y tiene como objetivo contribuir a los esfuerzos en curso para promover la buena gobernanza fiscal en todo el mundo.
Las jurisdicciones se evalúan sobre la base de un conjunto de criterios establecidos por el Consejo. Estos criterios cubren la transparencia fiscal, la tributación justa y la implementación de estándares internacionales diseñados para prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. El trabajo en la lista es un proceso dinámico. Desde 2020 , el Consejo actualiza la lista dos veces al año. La próxima revisión de la lista está prevista para octubre de 2023.
La lista se establece en el Anexo I de las Conclusiones del Consejo sobre la lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. Las conclusiones también incluyen un documento de situación (Anexo II) que identifica las jurisdicciones cooperativas que han realizado mejoras adicionales en sus políticas fiscales o cooperación relacionada.
Las decisiones del Consejo son preparadas por el grupo del código de conducta del Consejo, que también es responsable de monitorear las medidas fiscales en los estados miembros de la UE.
¿Qué Implica estar en esta Lista Negra de paises?
Figurar en ella no conlleva sanciones económicas, más allá de la prohibición de que los fondos europeos transiten por entidades radicadas en estas jurisdicciones y medidas administrativas, como auditorías más frecuentes, aunque los Estados pueden decidir a nivel nacional imponer otro tipo de penalizaciones.
Costa Rica entra por primera vez en este repertorio desde que se creó en 2017, puesto que no ha cumplido sus compromisos para abolir o modificar ciertos aspectos de su régimen de excepción de las fuentes de ingresos extranjeros considerados perjudiciales, según explicó el Consejo de la UE.
En el caso de Rusia, han constatado que una nueva legislación adoptada en 2022 no respeta el compromiso de Moscú de abordar las partes perjudiciales de su régimen para sociedades “holding” internacionales de acuerdo con los criterios internacionales, a lo que se suma que con la agresión rusa a Ucrania el diálogo sobre cuestiones tributarias entre la UE y Moscú se ha paralizado.
Es la primera vez que Rusia entra en la lista negra de la UE, aunque desde al año pasado figuraba en la conocida como “lista gris” de los países que incumplen los criterios europeos pero se han comprometido a hacer cambios, en concreto, por esta legislación sobre sociedades “holding”.
Por su parte, las Islas Marshall vuelven a la lista negra, en la que ya figuraron en 2018, porque al tener un tipo cero del impuesto de sociedades se teme que esté atrayendo beneficios a su jurisdicción sin que las empresas tengan una actividad económica real en el territorio, en tanto que las Islas Vírgenes Británicas entran por primera vez al no cumplir los estándares internacionales sobre intercambio de información fiscal.
“Pedimos a todos los países en la lista que mejoren su marco legal y trabajen para cumplir los estándares internacionales de fiscalidad”, dijo la ministra de Finanzas sueca, Elisabeth Svantesson, cuyo país preside este semestre el Consejo de la UE.
Felicitó, por el contrario, a Uruguay, Jamaica, Macedonia del Norte y Barbados por haber logrado salir de la “lista gris” tras cumplir los compromisos que habían adquirido con la UE.
La UE siempre ha insistido en que el objetivo de la lista es incitar a los terceros países a que hagan cambios en aquellos regímenes tributarios que incumplan los estándares internacionales y, desde que se puso en marcha en 2017, se han eliminado 140 regímenes considerados perjudiciales, según indicó hoy la Comisión Europea.
¿Cuáles son los criterios de inclusión?
Para ser considerada cooperativa a efectos fiscales, las jurisdicciones se examinan según una serie de criterios:
Transparencia fiscal
- las jurisdicciones deben intercambiar datos fiscales con todos los estados miembros de la UE a través del intercambio automático de información fiscal (AEOI), ya sea a través del sistema de información común (CRS) establecido por la OCDE o a través de acuerdos equivalentes
- las jurisdicciones también deberían poder intercambiar información fiscal previa solicitud (EOIR)
- las jurisdicciones deben ser parte de la Convención Multilateral de la OCDE sobre Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Fiscales, o tener una red de acuerdos de intercambio vigente que cubra a todos los estados miembros de la UE
- el aspecto de la titularidad real se incorporará en una etapa posterior
Impuestos justos
- las jurisdicciones no deben tener medidas fiscales preferenciales perjudiciales
- las jurisdicciones no deben facilitar estructuras o arreglos extraterritoriales que busquen atraer ganancias sin ninguna actividad económica real
Medidas anti-BEPS
- las jurisdicciones deben comprometerse a implementar los estándares mínimos anti-BEPS de la OCDE, que se refieren a medidas fiscales perjudiciales, compras de tratados, informes país por país y resolución de disputas
- las jurisdicciones deben recibir evaluaciones positivas de revisión por pares para la implementación efectiva del estándar mínimo anti-BEPS sobre informes país por país.
- Conclusiones del Consejo sobre la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales
- Lista de la UE de jurisdicciones no cooperativas (información de referencia)
- Grupo Código de Conducta (Fiscalidad Empresarial)
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