Resolviendo inquietudes sobre los PEP: Superfinanciera de Colombia
Comprender el concepto de Personas Políticamente Expuestas (PEP) y todas sus derivaciones puede ser un desafío, especialmente debido a las profundas implicaciones legales y financieras que conlleva. Este artículo se propone como una guía para resolver algunas de las inquietudes que pueden surgir en torno a este tema. Basándonos en la autoridad y claridad de las respuestas proporcionadas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
¿Una lista de PEP es vinculante?
Según la Superintendencia Financiera de Colombia, las únicas listas vinculantes en el país son:
- Las del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
- La Lista de Terroristas de Europa
- La Lista de la Unión Europea de Organizaciones Terroristas
- Las Listas de Terroristas de los Estados Unidos de América
¿Dónde debe ser consignada la información de PEP?
En respuesta a esta inquietud, la Superfinanciera de Colombia, comenta que la información debe ser consignada en los formatos de Declaración de Bienes y Rentas del SIGEP (Sistema de Gestión de Empleo Público) o en el aplicativo dispuesto por el Departamento Administrativo de la Función Pública para el efecto, dentro de los 60 días calendario siguientes al cambio de alguna de las condiciones o requerimientos de información señalados.
¿Por cuánto tiempo se mantiene la calidad de PEP?
Según la Superfinanciera de Colombia y de acuerdo con el parágrafo del artículo 3.1.4.2.3. del Decreto Único, la calidad de PEP se conserva durante el ejercicio del cargo y dos años más.
¿Qué son los asociados cercanos?
El artículo 2.1.4.2.10. del Decreto Único del Sector Presidencia de la República dispone que son considerados como tales, las personas jurídicas que:
- Tengan como administradores, accionistas, controlantes o gestores, algunos de los PEP enlistados en el artículo 2.1.4.2.3. del mencionado Decreto.
- Se hayan constituido patrimonios autónomos o fiducias en beneficio de éstos.
- Mantengan relaciones comerciales. A tales asociados cercanos se les aplicará la debida diligencia de acuerdo con la normatividad vigente.
¿Si no ha diligenciado la hoja de vida y la declaración de bienes y rentas en el SIGEP no podrá realizar la declaración como PEP en el aplicativo por la integridad?
La Superintendencia Financiera de Colombia asegura que sí puede hacerlo, incluso si no está registrado en otro sistema.
¿Qué sanciones puede tener si sube información incompleta, errada o no hace su registro de información en cumplimiento del decreto 830 de 2021?
Según las disposiciones contenidas en el Decreto 830 de 2021 son de obligatorio cumplimiento y la inobservancia a las disposiciones contenidas en la misma acarreará las consecuencias disciplinarias establecidas en el Código Único Disciplinario, para lo cual la Procuraduría General de la Nación o las autoridades competentes, de acuerdo con el régimen disciplinario aplicable, podrán adelantar las sanciones que correspondan.
¿En qué fecha debe declarar información como PEP conforme el Decreto 830 de 2021?
La Superintendencia Financiera de Colombia indica que la declaración de información debe realizarse cada vez que la persona se encuentre en algún proceso de vinculación, desvinculación, monitoreo y actualización de los datos del cliente.
¿Qué es el Aplicativo por la Integridad Pública?
El Departamento Administrativo de la Función Pública creó este aplicativo, el cual contiene un Módulo de Registro de información como PEP que deben diligenciar todas aquellas personas que se encuentren en el listado del artículo 2 del Decreto 830 de 2021 aplicando el criterio funcional para que la ciudadanía, entes de control, medios de comunicación y organizaciones interesadas consulten y usen esta información en cumplimiento de los principios de integridad y transparencia y el ejercicio del control social. Este aplicativo forma parte del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP).
¿Cómo salir de la categoría de PEP?
Pasados dos años desde que dejaste de ocupar el cargo o ejercer las funciones correspondientes, debes consultar el «Instructivo para la publicación de información de las personas expuestas políticamente (PEP) según el decreto 830 de 2021”, según la Superintendencia Financiera de Colombia.
¿Si una PEP deja a alguien encargada del cargo, ésta adquiere la condición de PEP?
La Superintendencia Financiera de Colombia aclara que los criterios objetivo y funcional establecidos en el Decreto 830 de 2021 no encuentran limitación en la reglamentación vigente, por lo que cualquier persona que cumpla con los criterios sería considerada una PEP.
Abordar temas de gran complejidad como las Personas Políticamente Expuestas (PEP) puede representar un desafío considerable. Sin embargo, confiamos en que las respuestas proporcionadas a estas inquietudes basándonos en información de la Superintendencia Financiera de Colombia, resulten de gran valor y utilidad. Nuestro objetivo es simplificar la complejidad y hacer que la información sea accesible y comprensible.
Contar con un aliado estratégico como RISKS INTERNATIONAL, les permita a las empresas ampliar la información al identificar una contraparte considerada como PEP y, así, dar cumplimiento normativo, gestionar los riesgos de cumplimiento y reducir las pérdidas por los riesgos asociados (legal, operativo, reputacional y de contagio) con base en una debida diligencia ampliada o intensificada.
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Fuente: Perspectivas de las Personas Expuestas Políticamente -PEP- a partir del ejercicio de la supervisión (Superintendencia Financiera de Colombia)
Tipologías y señales de alerta de la UIAF relacionadas con PEP:
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