Noticia Importante! Nuevas tres listas vinculantes para Colombia: La Lista OFAC, Terroristas EEUU y de la Union Europea UE
El Consejo de Seguridad Nacional, en su condición de máximo órgano asesor del Presidente de la República para la toma de decisiones en materia de seguridad nacional, en sesión del 17 de enero de 2020, con fundamento en los postulados contenidos en la Resolución 1373 del 12 de noviembre de 2001 y sucesoras, expedida por el CSNU, aprobó adoptar como obligatorias para el país, las listas de terroristas de los Estados Unidos de América, la lista de la Unión Europea de Organizaciones Terroristas y la lista de la Unión Europea de Personas Catalogadas como Terroristas.
El Grupo de Acción Financiera Internacional -GAFI- con el fin de promover una respuesta internacional para combatir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, en las recomendaciones 6 y 7 insta a los países para que implementen regímenes de sanciones financieras para dar cumplimiento a las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU).
Al respecto, el Consejo de Seguridad Nacional, en su condición de máximo órgano asesor del Presidente de la República para la toma de decisiones en materia de seguridad nacional, en sesión del 17 de enero de 2020, con fundamento en los postulados contenidos en la Resolución 1373 del 12 de noviembre de 2001 y sucesoras, expedida por el CSNU, aprobó adoptar como obligatorias para el país, las listas de terroristas de los Estados Unidos de América, la lista de la Unión Europea de Organizaciones Terroristas y la lista de la Unión Europea de Personas Catalogadas como Terroristas.
Se recuerda a los sujetos obligados, el deber que les asiste de dar cumplimiento a las obligaciones relacionadas con listas internacionales vinculantes para Colombia, de conformidad con el derecho internacional y disponer lo necesario para que se consulten las mismas, de manera previa y obligatoria a la vinculación de un potencial cliente y durante toda la relación contractual.
En el evento de identificar información financiera sobre la existencia de fondos y/o activos a nombre de una persona natural o jurídica designadas, la Entidad Supervisada en desarrollo de labores de monitoreo, deberá proceder a la entrega inmediata de la información al Vicefiscal General de la Nación, a través de los mecanismos electrónicos establecidos para el efecto.
Por su parte, como acciones de cumplimiento inmediata la Superintendencia Financiera de Colombia, emitió la Circular No. 11 de 10/02/2020 en la que amplía el catálogo de Listas Vinculantes para Colombia . Antes de esta fecha la única lista internacional de obligatoria consulta era la Lista del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
A partir de ahora, son también vinculantes para Colombia las Listas de terroristas de los Estados Unidos de América, la lista de la Unión Europea de Organizaciones Terroristas y la lista de la Unión Europea de Personas Catalogadas como Terroristas.
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