Consultas y debida diligencia deben realizarse por nombre y documento de identidad en listas completamente actualizadas: Superfinanciera
Si su empresa hace debidas diligencias para prevenir el LAFT y realiza la verificación de contrapartes en listas restrictivas solamente por el número de identificación y su sistema de listas no identifica con el nombre la persona consultada corroborándolo con fuentes oficiales. ¡Cuidado! Porque está poniendo en riesgo su esquema de prevención LAFT y debe ajustar el procedimiento.
El caso que motivó esta medida por parte de la Superintendencia Financiera deja como resultado una sanción por valor de 231 millones de pesos en contra de un sujeto obligado por aparentes fallas en su Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) y en su proceso de debida diligencia. Que no le pase a usted.
La SuperFinanciera detectó que, al momento de validar a los clientes potenciales, el aplicativo en listas usado por la aseguradora únicamente lo ejecuta por el número de identificación del potencial cliente, sin hacerlo por coincidencia por nombre, lo cual es contrario a lo manifestado por la vigilada.
Sin embargo, en la apelación, la vigilada sostuvo que la no consulta en listas de clientes por el nombre “no debía generar reproche alguno, puesto que las personas desde el punto de vista jurídico se individualizan a través de su número de identificación y no necesariamente por su nombre, que puede coincidir para varios sujetos”.
Las debidas diligencias y las validaciones deben hacerse también con el dato del nombre de la contraparte.
Aunque la entidad vigilada argumentó que “no existe una norma que obligue a que la verificación deba realizarse empleando los dos criterios tanto nombre y número de identificación”. En la respuesta a la apelación, la Superfinanciera le indicó a la vigilada en la segunda instancia acudiera a otras “excusas” para justificarse del por qué no cumplía con sus propias políticas internas de consulta en listas.
De acuerdo a la argumentación de la SuperFinanciera la Corte Constitucional señaló en las sentencias T-240 del 25 de abril de 2017 y C-865 del 7 de septiembre de 2004 que, “dentro de los atributos de la personalidad jurídica, que conllevan la capacidad de ser titular de derechos y asumir obligaciones, el nombre es un elemento presente tanto en el caso de las personas naturales, como en el de las personas jurídicas (…)”. “desde una perspectiva jurídica básica, el nombre debe ser tenido en cuenta por las entidades vigiladas a la hora de identificar cabalmente a sus clientes y de contar con la información necesaria para comprobar si estos aparecen reportados en listas internacionales restrictivas”.
De esta manera, los oficiales de cumplimiento deben tener claro que para la entidad de supervisión el nombre es un elemento clave en el proceso de identificar a los clientes (actuales y/o potenciales), motivo por el cual debería ser tenido en cuenta al momento de hacer verificaciones en los software de listas restrictivas.
Recomendaciones para evitar sanciones
Tenga en cuenta que un software de listas que no identifique completamente con el nombre de una contraparte y obligue al usuario que hace las consultas a que este coloque el nombre, no es confiable, pues su organización deja en manos del usuario quien estaría en riesgo de equivocarse al colocar mal el nombre y por ende pone en duda el proceso de debida diligencia de la entidad.
Por eso, asegúrese de contar con proveedores que se preocupen por identificar el nombre real de los números de identificación. La identidad real de las contrapartes es fundamental, no solo sirve para prevenir el Lavado de Activos sino otros delitos y previene además el fraude.
Compliance, validador LAFT, consolida la consulta en línea en más de 1800 fuentes de información pública con datos abiertos, listas de prevención de fraude, listas de cumplimiento, listas vinculantes, listas restrictivas, listas sancionatorias y listas PEPs a nivel internacional y nacional.
Esta consulta la realiza identificando primero la persona natural y su nombre de registro real para luego así consultar en todas las listas restrictivas, vinculantes, sancionatorias, nacionales y extranjeras.
Evite los riesgos conexos al lavado de activos y fraude.
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