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Informes No Financieros

GUÍA COMPLETA: Fechas y Requisitos de los Informes No Financieros SuperSociedades 2025

¿Por qué son clave la transparencia y el cumplimiento para un futuro empresarial sostenible? El mundo está cada vez más enfocado en la ética y la responsabilidad corporativa, la transparencia y el cumplimiento han emergido como pilares fundamentales para garantizar el crecimiento y la sostenibilidad de las organizaciones. Más allá de ser un requisito legal, la elaboración y presentación de informes no financieros es una muestra tangible del compromiso empresarial con valores que trascienden lo económico: la integridad, el bienestar social y el impacto positivo en la sociedad. En Colombia, la Superintendencia de Sociedades desempeña un papel crucial al establecer lineamientos y plazos específicos para que las empresas presenten estos informes. Estas herramientas permiten supervisar y gestionar riesgos relacionados con el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo, la ética empresarial y la sostenibilidad, fortaleciendo así la confianza de los stakeholders y promoviendo un impacto positivo en el entorno económico y social. En esta guía completa encontrarás toda la información necesaria para cumplir con las obligaciones no financieras establecidas por la SuperSociedades en 2025, incluyendo los tipos de informes, quiénes están obligados a presentarlos, los plazos y los requisitos específicos para cada uno.

¿Qué información analiza la Superintendencia de Sociedades?

La Superintendencia de Sociedades, en cumplimiento de sus atribuciones de inspección, vigilancia y control, revisa los informes no financieros para analizar información clave sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de sus supervisados. Esto incluye sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras, empresas unipersonales, entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, cámaras de comercio y las Entidades Empresariales previstas en la Circular Básica Jurídica. Con base en la legislación aplicable, estos informes deben contener información detallada y precisa según los requisitos establecidos en las leyes y decretos pertinentes, como la Ley 222 de 1995, el Decreto 1074 de 2015, y otras normativas que regulan la presentación y análisis de la información empresarial. Esta supervisión busca garantizar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones legales de los Sujetos Obligados. Estos informes buscan fomentar la transparencia y la sostenibilidad empresarial. Algunos de los elementos que suelen incluir son:

  • Gestión de riesgos: Información sobre la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo (SAGRILAFT).
  • Responsabilidad social empresarial: Acciones y estrategias para promover el bienestar social y ambiental.
  • Sostenibilidad: Reportes sobre el impacto económico, social y ambiental de las operaciones de la empresa.
  • Gobernanza corporativa: Políticas y prácticas que aseguren una gestión ética y responsable.

 ¿Quiénes están obligados a presentar los informes?

  • Sociedades comerciales
  • Empresas unipersonales
  • Sucursales de sociedades extranjeras
  • Entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios en Colombia
  • Cámaras de comercio

INFORME 75 – SAGRILAFT, RMM y PTEE:

  • SAGRILAFT: Se refiere al Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Este sistema está diseñado para identificar, prevenir y mitigar los riesgos asociados con el lavado de activos y la financiación del terrorismo, protegiendo así la integridad, estabilidad y reputación de la organización.
  • RMM (Régimen de Medidas Mínimas): Este componente establece un conjunto básico de medidas y controles que las organizaciones deben implementar para gestionar eficazmente los riesgos relacionados con actividades sospechosas. Estas medidas permiten mitigar posibles vulnerabilidades en áreas clave como la gestión financiera y operativa.
  • PTEE (Programas de Transparencia y Ética Empresarial): Estos programas están diseñados para promover una conducta ética, responsable y transparente en el desarrollo de las actividades empresariales. El PTEE busca prevenir actos de corrupción, conflictos de interés y malas prácticas corporativas, fomentando una cultura organizacional basada en la integridad y la transparencia. 

 ¿Cuándo se debe presentar?

Se debe presentar anualmente, según los dos últimos dígitos del NIT (sin el dígito de verificación). Plazos para 2025:

Últimos 2 dígitos del NIT Plazo máximo
01-10 11 de julio
11-20 12 de julio
21-30 13 de julio
31-40 14 de julio
41-50 15 de julio
51-60 16 de julio
61-70 17 de julio
71-80 18 de julio
81-90 19 de julio
91-00 20 de julio

INFORME 58 – OFICIALES DE CUMPLIMIENTO, SAGRILAFT y PTEE:

El Informe 58 tiene un papel crucial al regular los aspectos relacionados con los Oficiales de Cumplimiento, quienes son figuras clave en la aplicación de sistemas como el SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) y el PTEE (Programa de Transparencia y Ética Empresarial). Ambos sistemas tienen como objetivo fortalecer las prácticas organizacionales para prevenir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la corrupción.

A través de este informe, se establecen lineamientos para la designación, cambios y ceses de estos oficiales, buscando asegurar que las organizaciones cumplan con las normativas nacionales e internacionales. 

 ¿Cuándo se debe presentar?

  • Designación o cambio: Dentro de los 15 días hábiles siguientes al evento.
  • Remoción o renuncia: Antes de la terminación de la vinculación contractual.

Documentos adicionales al informe 58:

  • Hoja de vida del Oficial de Cumplimiento – SAGRILAFT.
  •  Certificación del cumplimiento de los requisitos para ser nombrado Oficial de Cumplimiento – SAGRILAFT suscrita por el Representante Legal.
  • Copia del documento que dé cuenta del registro del Oficial de Cumplimiento para el SAGRILAFT ante el SIREL administrado por la UIAF.
  • Copia del extracto del acta de la junta directiva o máximo órgano social (según aplique a cada Sujeto Obligado) en la que conste la designación del Oficial de Cumplimiento SAGRILAFT.
  • Copia del documento que acredite el conocimiento en materia de administración de riesgos asociados al LA/FT/FPADM a través de especialización, cursos, diplomados, seminarios, congresos o cualquier otra similar.
  •  Certificado de la verificación de inhabilidades e incompatibilidades del Oficial de Cumplimiento para el SAGRILAFT suscrito por el Representante Legal.

Documentos adicionales PTEE:

Con el INFORME 58 – OFICIALES DE CUMPLIMIENTO se deben presentar los siguientes documentos adicionales:

  • Hoja de vida del Oficial de Cumplimiento – PTEE.
  • Certificación del cumplimiento de los requisitos para ser nombrado Oficial de Cumplimiento — PTEE. 
  • Documentación que acredita conocimiento en materia de administración de riesgos – PTEE. 
  • Copia del acta de la Junta Directiva o del Máximo Órgano Social con designación del Oficial de Cumplimiento – PTEE. 
  • Certificado de la verificación de inhabilidades e incompatibilidades del Oficial de Cumplimiento suscrito por el representante legal – PTEE. 

Los documentos adicionales relacionados deben ser remitidos de manera independiente dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al envío del INFORME 58 – OFICIALES DE CUMPLIMIENTO

¿Qué es el INFORME 08 – REPORTE DE SOSTENIBILIDAD?

Este informe, aunque voluntario, refleja el compromiso de las empresas con la sostenibilidad, destacando sus esfuerzos en el ámbito social, ambiental y económico.

¿Cuándo se debe presentar? (Voluntario, pero con fechas definidas)

Plazo máximo según NIT:

Últimos 2 dígitos del NIT Plazo máximo
01-10 1 de julio
11-20 2 de julio
21-30 3 de julio
31-40 4 de julio
41-50 5 de julio
51-60 6 de julio
61-70 7 de julio
71-80 8 de julio
81-90 9 de julio
91-00 10 de julio

¿Quiénes deben presentarlo?

  • Empresas bajo vigilancia o control de la SuperSociedades con ingresos o activos iguales o mayores a 40.000 SMLMV.
  • Empresas de los sectores minero-energético, manufactura, construcción, turismo y TIC con ingresos iguales o mayores a 30.000 SMLMV.

¿Qué es el INFORME 67 – SOCIEDADES BIC?

Este informe está dirigido a las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC), quienes deben presentar información según lo dispuesto en la Circular Externa 100-000007 de 2021. Estas empresas destacan por su compromiso con generar impacto positivo en el ámbito social, ambiental y económico.

IMPORTANTE:

  • El informe 42 de Prácticas Empresariales ha sido eliminado.
  • Los informes deben enviarse exclusivamente a través de la plataforma (Sistema Integrado de Reportes Financieros) SIRFIN.
  • Los plazos son improrrogables.

Claves para cumplir con los Informes de Supersociedades:

Mariano Sánchez, CEO de Risks International, nos comparte algunas claves esenciales para garantizar el cumplimiento normativo y fortalecer la confianza en las organizaciones:

1. Organización y planificación:

Anticiparse a los plazos es fundamental. Recomiendo crear un calendario detallado de cumplimiento que incluya alertas específicas para cada informe. Además, es importante asignar responsables dentro de tu equipo para que supervisen cada etapa del proceso. No esperes al último momento; una buena planificación es la base del éxito.

2. Validación y precisión:

Es imprescindible que la información presentada sea precisa y completa. Errores u omisiones pueden generar sanciones y afectar la reputación de la empresa. Para facilitar este proceso, en Risks International sugerimos herramientas especializadas como COMPLIANCE VALIDADOR LAFT, que ayudan a verificar la confiabilidad de los datos antes de su envío.

3. Tecnología y asesoría experta:

La tecnología es tu mejor aliada en la gestión de reportes. Automatiza procesos con plataformas como COMPLIANCE VALIDADOR LAFT para minimizar errores y optimizar tiempos. Y si surgen dudas, no dudes en buscar asesoría experta; nuestros profesionales están preparados para guiarte y garantizar un cumplimiento efectivo. Además, Mariano enfatiza:

  • «Cumplir a tiempo evita sanciones y fortalece la confianza en tu empresa.»
  • «Cumplir no se trata sólo de documentar, sino también de ejecutar operativamente lo que se documenta.»

Cumplir con las obligaciones de los informes no financieros es un reflejo de la transparencia, responsabilidad y sostenibilidad de una organización. En un entorno empresarial cada vez más exigente, conocer los requisitos y plazos establecidos por la SuperSociedades no solo evita sanciones, sino que fortalece la confianza y la reputación corporativa. ¡Prepárate desde ahora! 

  • Revisa los requisitos específicos de tu empresa.
  • Asegúrate de utilizar la plataforma (Sistema Integrado de Reportes Financieros) SIRFIN para evitar contratiempos.
  • Promueve una cultura organizacional basada en el cumplimiento y la sostenibilidad.

Cumple hoy para construir un futuro sólido y ético.   

Redacción: Luisa Caicedo

 

Fuente: Superintendencia de Sociedades    

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