Las consecuencias del lavado de activos
6 Nov 2019 – 10:08 AM
Entre 10 y 30 años de prisión puede pagar una persona que cometa este delito. Además, podría imponérsele una multa de entre 1.000 y 50.000 salarios mínimos y perder todos sus bienes.
El lavado de activos cuenta con 64 delitos subyacentes establecidos en el artículo 323 del Código Penal. /
En 2016 un grupo de auxiliares de vuelo de una reconocida aerolínea colombiana fueron noticia en todos los medios de comunicación. Los primeros días de marzo de ese año protagonizaron un escándalo que pronto le dio la vuelta al país: habían sido cómplices del ingreso de dólares y euros a Colombia. El dinero, que al parecer era producto del narcotráfico, lo habían camuflado en su equipaje y partes de su cuerpo. Con los meses se supo que se trataba de una red de 82 personas que, según la Dijín, tenía contacto con el cartel de Sinaloa.
Lo que hizo aquel grupo de auxiliares es un delito frecuente en el país. Está calificado con tres palabras que, cada tanto, son anunciadas en titulares: “Lavado de activos”, un crimen que tiene serias consecuencias. En palabras del mayor Alexánder Porras, jefe de la Unidad Investigativa Contra el Lavado de Activos de la Dirección de Antinarcóticos, esta es “una actividad en donde se busca dar apariencia de legalidad a recursos ilícitos, con el fin de que las ganancias provenientes de los delitos cometidos permitan la operación y sostenimiento de más acciones delincuenciales”,
Para facilitar su comprensión, las autoridades suelen hablar de tres fases del lavado de activos: la colocación, el ocultamiento y la integración. La primera es la introducción de dinero de fondos ilegales en la economía, poniéndolos en circulación a través de instituciones financieras o casas de cambio. En la segunda, “el delincuente, con el fin de evitar ser detectado y alejar el dinero de su origen, realiza una serie de movimientos financieros, industriales o comerciales, como importaciones o exportaciones ficticias que son utilizadas para justificar el aparente ingreso legal del dinero al sistema financiero”, dice Porras.
La tercera fase es una de las más complejas: implica traer los fondos de lavado a la economía para crear la apariencia de legitimidad. “En este punto se hace extremadamente difícil distinguir la riqueza legal de la ilegal. El lavador puede optar por invertir en los fondos en bienes raíces, activos lujosos o proyectos comerciales”. En el caso de las auxiliares de vuelo, que hacían transferencias por cuentas bancarias, se encontró que exempleados de la compañía tenían apartamentos lujosos y uno de los miembros era dueño de una casa de cambio en el centro de Bogotá.
El panorama de este delito ha mutado en el país. En “años anteriores era común el transporte físico de dinero en grandes cantidades. Era frecuente que se utilizaran avionetas desde Estados Unidos hacia Colombia. El núcleo familiar de los delincuentes también podía tener propiedades a su nombre y bienes producto de las actividades ilícitas, más conocido como testaferrato. En cambio, en la actualidad, las autoridades se ven enfrentadas a nuevos medios tecnológicos para el movimiento del capital, ya sea de forma bancaria o a través de aparentes transacciones comerciales, por medio de empresas legales que sirven como fachada”, explica el mayor Porras.
El complejo mundo del lavado de activos está relacionado con otro delito: el microtráfico. ¿La razón? Como señala Porras, “las utilidades provenientes de esta actividad ilícita sirven para financiar otras acciones delincuenciales a nivel local, como préstamos a terceros, más conocidos como gota a gota o paga diario, con el fin de legalizar el dinero producto del microtráfico, así como corrupción, ajuste de cuentas entre delincuentes, trata de personas, tráfico de armas, extorsiones y la financiación de pequeños negocios que se encuentran ubicados en zonas vulnerables”.
¿Cuáles son las consecuencias que pueden acarrear aquellos que cometan delitos como lavado de activos? A los capturados, como en el caso de los auxiliares de vuelo, que fueron más de 82, se le imputaron cargos por enriquecimiento ilícito, es decir, el incremento excesivo de capital de un funcionario que no puede ser justificado de manera razonable. Además, fueron acusados de concierto para delinquir, que es cuando dos o más personas se reúnen para pactar acciones delictivas, y lavado de activos. Quienes cometen estos delitos pueden pagar entre 10 y 20 años de prisión.
“En el ámbito penal, una persona que incurra solo en la conducta de blanqueo de dinero o lavado de activos podrá pasar entre 10 y 30 años en la cárcel. Además, deberá pagar una multa de entre 1.000 a 50.000 salarios mínimos mensuales vigentes”, dice Porras.
Pero la prisión no es la única consecuencia para quienes lavan dinero. Esta actividad ilícita provoca la pérdida de imagen, mala reputación y la imposibilidad de acceder a los servicios y productos financieros. Quien lo haga ingresará inmediatamente a listas internacionales, tendrá pérdida de las relaciones comerciales y, finalmente, se someterá a la extinción de dominio, es decir, podría perder el derecho sobre los recursos provenientes de un origen ilegal.
En términos del mayor Juan Diego Chaparro, jefe de la Unidad Investigativa de Extinción de Dominio, “lo que se busca perseguir es el bien o el producto directo (origen) o indirecto (destinación) que sea utilizado como instrumentalización para realizar actividades ilícitas”.
¿Qué pasaría si un menor de edad llega a cometer alguna de estas actividades ilícitas? Según el Código Penal, los menores que cometan alguno de estos delitos no son declarados responsables de sus acciones, por eso, lo que se hace es brindar capacitaciones y actividades pedagógicas. Serán los padres quienes hagan el proceso de restauración y seguimiento, de lo contrario podrían perder la custodia del menor.
Aunque pocos saben las consecuencias de estos delitos, para el mayor Porras es clave que las conozcan. “Realizar acciones delictivas como el lavado de activos”, dice, “no solo pone en juego los bienes de la persona y la libertad, sino que también afecta el buen nombre y hasta la vida misma”.
¿Algún dato? Si tiene alguna información s o b re tráfico de drogas, puede comunicarse con la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, que cuenta con la línea 167.
Fuente: https://www.elespectador.com/noticias/actualidad/las-consecuencias-del-lavado-de-activos-articulo-889573
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