Presentaron análisis sobre la actualización de la Superfinanciera al ‘Sarlaft’
19/09/2020
Dieron a conocer esta semana un análisis sobre la actualización al Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación al Terrorismo, conocido como SARLAFT, por parte de Daniel Rodríguez, socio de CMS Rodríguez-Azuero, y que tendrá impacto en las Fintech.
Atendiendo las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), la Superintendencia Financiera actualizó su ‘SARLAF’, que busca implementar herramientas para mejorar el conocimiento del cliente, adelantar procesos de vinculación simplificada, especificar los planes reactivos en países de mayor riesgo, los requerimientos de información en las transferencias nacionales e internacionales y el tratamiento de la información de Personas Expuestas Políticamente (PEP).
“En términos generales y, pensando en las necesidades de nuestros clientes, aplaudimos al Gobierno Nacional y celebramos el acierto de la Superintendencia, que estaba en mora de expedir una regulación de este tipo, reemplazando con ello normas regresivas y anacrónicas que estaban pensadas para un mundo que giraba en torno al papel y a las transacciones presenciales en sucursales bancarias”, aseguró Rodríguez.
Uno de los cambios más significativos tendrá impacto directo en las Fintech, pues las entidades vigiladas podrán realizar los procedimientos de conocimiento y vinculación del cliente, a través del uso de canales digitales, eliminando la obligatoriedad de diligenciar el formulario de vinculación.
Incluso, el proceso de conocimiento del cliente puede estar basado en datos e información de fuentes confiables e independientes como bases de datos públicos o de prestadores de servicios ciudadanos digitales, siempre que se cumplan con las normas de protección de datos.
Por otro lado, esta nueva normativa adopta las mejores prácticas reconocidas en la Guía de Identidad Digital del GAFI, para lo cual, las entidades vigiladas deberán contar con políticas que les permitan verificar la identidad del potencial cliente al momento de su vinculación, para lo cual podrán utilizar firmas digitales, biometría, mecanismos fuertes de autenticación y hasta la información disponible en los bancos de datos administrados por operadores de información.
Cabe mencionar que, por regla general, las nuevas medidas deberán estar implementadas a más tardar el 2 de septiembre de 2021 (un año después de la publicación de la norma), salvo, respecto de nuevos requisitos del oficial de cumplimiento principal y suplente que entrarán en vigor el día 1 de marzo de 2022 (un año y medio después de la publicación de la norma), y algunas nuevas disposiciones en materia de capacitaciones, que entrarán en vigor el día 1 de marzo de 2021 (seis meses después de la publicación de la norma).
“Para quienes nos hemos dedicado por años al diseño e implementación de emprendimientos financiero tecnológicos, las normas en materia de LAFT de la Superintendencia Financiera se convertían, con mucha frecuencia, en una verdadera ´barrera de entrada al mercado´ de nuevos negocios o, ´barrera de apertura en el mercado´ de nuevos productos y, lo insólito del caso es que, en la inmensa mayoría de los casos y clientes con los que he tenido el gusto de trabajar y asesoramos, dichas barreras no sólo no tienen ningún impacto positivo ni necesario, sino que evitan de manera absurda que las entidades respectivas apliquen mecanismos y metodologías en materia de LAFT, inmensamente más eficientes que los que de otra forma lograría aplicando la regulación vigente”, concluyó Rodríguez.
#Compliance, #Risks International S.a.s
Fuente: Extra
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